En la localidad de 25 de Mayo se llevó a cabo la primera exhumación de un cuerpo por orden judicial desde que se creó el Juzgado Regional Letrado en esa ciudad. La medida fue dispuesta por el juez Eduardo Vicente Godoy en el marco de un proceso sucesorio. La diligencia se realizó en el cementerio local con la presencia de la secretaria del tribunal, María Cecilia Ferreyra; la perito forense de General Acha, Marlene Arratea Sánchez; la jueza de paz, Verónica Alicia Cruces, y personal policial y municipal.
El trámite judicial se inició a raíz de una causa de sucesión por una presunta herencia, en la que una mujer impugnó su maternidad. La demandante planteó que su madre no es tal, sino que su progenitora biológica es una tía. Esta situación se resolverá a través de una pericia genética. El próximo paso será la realización de un análisis de ADN en el Laboratorio de Genética Forense de Santa Rosa, aunque no hay tiempos precisos para ello, ya que dependerá del estado de descomposición del material genético.
“En estos siete años de funcionamiento del juzgado fue la primera vez que se exhumó un cadáver en 25 de Mayo. En ese lapso solo habíamos tenido otras dos exhumaciones, pero en Puelén”, detalló el juez Vicente Godoy sobre el procedimiento.
En otro caso judicial de la misma localidad, una madre fue condenada por golpear y provocarle lesiones a su hija de 13 años. El fallo fue dictado por la jueza de control, Daniela Johana Martínez, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado. Dicho acuerdo fue presentado por la fiscala Eugenia Paola Bolzan, la defensora oficial Mónica Carola Ontiveros y la propia imputada, una ama de casa de 34 años que reconoció su culpabilidad. El padre de la menor, quien tiene a su cargo a sus cuatro hijos, también prestó su consentimiento.
El hecho ocurrió cuando la víctima se encontraba en una plaza junto a sus hermanos. Según consta en la causa, la madre se acercó y le pegó “cachetadas en la cara”, lo que le provocó un eritema en el pómulo derecho, de acuerdo a la constancia médica. La condena fue de seis meses de prisión en suspenso por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, en el marco de la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Al ser una sanción de ejecución condicional, la mujer deberá cumplir durante dos años una serie de reglas de conducta. Entre ellas se encuentran fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de realizar actos de perturbación o intimidación hacia su hija, quien vive con su padre, y realizar un tratamiento psicológico con el fin de evitar la reiteración de hechos similares.